Comisión de Deontología — 2025
Composición de la Comisión
PresidenteD. Miguel Ángel Gómez Gómez
SecretariaDª Alicia Gómez Fabre
Instructor ExpedientesD. Miguel Ángel Gómez Gómez
Instructora ExpedientesDª Raquel Gómez Losada
Instructor ExpedientesD. Carlos Martínez Murciano
Instructor ExpedientesD. Antonio Jurado Correa
Instructor ExpedientesD. José Rafael González Merelo
PonenteDª Alicia Gómez Fabre (Rev. Secreto)
PonenteD. José Mª Fernández Repiso
PonenteD. Carlos Samuel Martínez Ruiz
PonenteDª Carolina Jiménez Ramírez
PonenteD. Juan Manuel España Mellado
PonenteDª Mª Teresa Fernández Corujo
PonenteD. Andrés Ruiz León
PonenteDª Mª Jesús Martínez del Campo
PonenteDª Cristina Mintegui Cano
PonenteDª Yolanda Montosa Leiva
Estadísticas 2025
414Informaciones Previas Incoadas
274Informaciones Previas Archivadas
42Apertura de Exptes. Disciplinarios
4Apercibimiento por escrito
Expedientes Disciplinarios
| Concepto | Número |
| Expedientes disciplinarios incoados | 136 |
| Resueltos (incl. del 2024) | 40 |
| Archivados | 14 |
| Resoluciones con sanción | 22 |
| Multas | 8 |
| Suspendidos por prejudicialidad penal | 3 |
| Caducados | 2 |
Diligencias Indeterminadas
| Tipo | Número |
| Total Diligencias Indeterminadas | 86 |
| Revelaciones de Secreto Profesional | 24 |
| Toma de conocimiento inicio de acciones | 43 |
| Apertura de Expediente Disciplinario | 10 |
| Archivos | 9 |
Recursos
| Tipo | Número |
| Recursos planteados | 89 |
| Inadmitidos | 25 |
| Desestimados | 3 |
| Estimados | 4 |
| Anulación del acuerdo | 9 |
| Pendientes del CADECA | 48 |
Mediación Decanal
Composición de la Comisión
| Sede | Miembro | Cargo |
| Málaga | D. Jorge Luis Mendoza Tudea | Presidente |
| Dña. Mª Gabriela Domingo Corpas | Vocal |
| Dña. Inmaculada Vázquez Flaquer | Vocal |
| D. Amable Vilariño Márquez | Vocal |
| D. Víctor Joaquín Fernández Martín | Vocal |
| Dña. Cristina Carrillo Cabrera | Vocal |
| D. Enrique Delgado-Schwarzmann | Vocal |
| Marbella | D. José Luis Carreño Muñoz | Vocal |
| D. Juan Cárdenas Gálvez | Vocal |
| Vélez-Málaga | D. Manuel García Córdoba | Vocal |
De conformidad con lo establecido en el art. 59.2 del E.G.A.E. y en el art. 7.3 del reglamento de Procedimiento Disciplinario se recibieron durante 2024 80 solicitudes de mediación entre Letrados.
La función de la Comisión Decanal es asistir al Decano y asumir por su delegación las labores de mediación que por disposición del Estatuto General de la Abogacía, del Código Deontológico, del Estatuto del ICAMALAGA y del Código Deontológico del CCBE, son solicitadas por cualquier letrado antes de interponer actuaciones contra otro compañero sobre responsabilidades relacionadas con el ejercicio profesional y también de aquellas otras solicitudes que presentan los letrados en conflicto deontológico con otro letrado o con un cliente. Por tanto la materia objeto de conflicto es siempre la deontología profesional del abogado en el ejercicio de su profesión, que se trata como potestad disciplinaria que tiene legal y Estatutariamente la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados asignada a la Comisión de Deontología e Intrusismo, pero que como cualquier otro conflicto puede resolverse con un sistema alternativo de resolución de disputas, como es la mediación.
Para ello la Comisión Decanal de Mediación Deontológica ha establecido tres procedimientos de mediación que encuadran las tres posibles situaciones solicitadas por los letrados:
- Mediación Pura: el procedimiento que se tramita en virtud de solicitud de mediación Decanal del art. 11.2 del Código Deontológico, 59.2 del Estatuto General de la Abogacía; 64 Estatutos del Colegio de Abogados de Málaga o 5 CCBE, aquella que por imperativo deontológico debe realizar el decano, o por delegación la Comisión antes de que un letrado inicie actuaciones judiciales contra otro.
- Mediación Previa: el procedimiento que se inicia por queja deontológica y se tramita como Información Previa en la Comisión de Deontología y al tratarse de conflicto entre letrados se deriva a la Comisión Decanal de Mediación Deontológica por plazo de 30 días para intentar la solución antes de continuar el procedimiento administrativo.
- Mediación Ordinaria: el procedimiento que se tramita cuando un letrado o un cliente solicita una mediación por una cuestión o conflicto deontológico contra un letrado y no ha presentado queja deontológica.
| Resultado | Número |
| Con avenencia | 15 |
| Sin avenencia | 34 |
| Sin inicio | 22 |
| Pendientes | 9 |
| TOTAL solicitudes | 80 |